19 de diciembre de 2024
Un ejemplo; al caer las leyes militares, los mandos no podrán arrestar a sus subordinados o soldados.; sí se van  a arrestar, pero será más complicado
General Eufemio Alberto Ibarra / Proceso

Fuertes cambios administrativos y operativos en la SEDENA

Por. Ángel Gómez / @Angelgc77

Entrevista de Columna del Ángel a miembro del ejército mexicano en el Estado de Hidalgo

La Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) tendrá por primera vez en su historia la figura de una Comandancia del Ejército Mexicano, la cual será el paso inicial para llevar adelante la Reorganización de la Sedena, proyecto ambicioso para reestructurar a la secretaría en sus áreas administrativas y operativas más importantes.

Así, el primer Comandante del Ejército Mexicano será el General de Brigada D.E.M. Eufemio Alberto Ibarra Flores, quien hasta el pasado 30 de julio fue el comandante de la IX Región Militar ubicada en Cumbres de Llano Largo, Guerrero, cargo en el que fue nombrado en septiembre de 2020. (Proceso)

Las readecuaciones que se vienen con el nombramiento del General Eufemio Alberto Ibarra como comandante del Ejército mexicano.

Esto va encaminado a crear un comando conjunto de las fuerzas armadas.

En la actualidad, el Secretario de la Defensa Nacional, es un militar de carrera, que quien comanda el ejército y la Fuerza Aérea mexicana (FAM).

Pero en realidad quien maneja al ejército, FAM es el Estado Mayor de la Secretaria de la Defensa Nacional, que son quienes le rinden parte diario al General secretario.

 El secretario es una figura; maneja el presupuesto, da las órdenes, se convierten en directivas, pero en realidad quien maneja al ejército y FAM es el estado mayor de la Secretaria de la Defensa Nacional.

La mayoría de países, tienen un Ministro de la Defensa civil; esto va encaminado hacia allá.

Un Ministro de la Defensa sería un civil.

El Ministro de Defensa sería puesto por el presidente; abajo del ministro de defensa, estaría un Comando conjunto de las fuerzas armadas, un poder centralizador donde el comandante del ejército, dela FAM, de la Armada, le rendirán pleitesía; ellos estarán abajo del comando conjunto de las fuerzas armadas.

Es un Estado Mayor que le va a trabajar directamente al ministro de defensa. Estas piezas se están reacomodando para crear esa figura.

El ejército va a tener a su comandante; el, va a tener subordinado al estado mayor del ejército, probablemente va a haber un comandante de la FAM y habrá un estado mayor de la fuerza aérea también y luego se espera            que la Marina Armada de México tenga su propio estado mayor.

Esos son los que van rendirle parte al comandante del ejército.

Si esto llega a pasar, vienen cambios fuertes.

El ministro de defensa será un civil. Esto es bueno para las fuerzas armadas, porque habiendo un secretario de la defensa militar de carrera, no se atreve a veces a gestionar recursos, o manifestarse en forma política para negociar con el gabinete. Debe tener facultades para gestionar recursos y mejoras.

Si estuviera un ministro de defensa civil, tendrá la facilidad para pedir recursos para armas, para uniformes, aumentos de sueldo etc., ese sería un beneficio.

Como se vislumbra a corto plazo, que se pretende crear un ministro de defensa civil se va a derogar el fuero militar; los militares ya no serán procesados en juzgados, militares, en prisiones militares por un fuero militar. Esto se deberá resolver en el fuero civil. Ahí seria el problema.

Cambia el fuero militar por el fuero civil

Es un beneficio para las fuerzas armadas porque se acabarán muchos de los abusos contra militares que a veces son juzgados por que no son del agrado de los mandos o cosas sin sentido, por decirlo así.,

 Un ejemplo; al caer las leyes militares, los mandos no podrán arrestar a sus subordinados o soldados.; sí se van  a arrestar, pero será más complicado; deberá girarse una orden de arresto al fuero civil porque por ejemplo, no se boleó las botas o no se cortó la barba; 24 horas de arresto.

Como esto será objeto de un trámite engorroso, que reducirá el tiempo para las labores castrenses, no se van a realizar arrestos.

Estos mecanismos de apercibimiento deberán diversificarse para evitar lo engorrosos de los trámites. Podría incluso imitar algunos países de Sudamérica donde se aplica la ley del hielo, que nadie le hable a alguien que la regó o buscar en algún otro punto de demérito que se haya incurrido.

Beneficios para la tropa.

Como la Ley Militar, si hay un ministro civil, va a caer, el ejército entonces ya puede manifestarse por alguna irregularidad. Al haber ministro civil, se regirán por las leyes civiles, la Ley del Trabajo, una de ellas. Si la ley dice que el soldado deberá trabajar ocho horas, eso se debe respetar; si se le pide quedarse una o más horas, esas se considerarían tiempo extra y se deben pagar.

Eso resultará un beneficio porque hay casos donde el soldado regresa de estar en servicio tres meses, por ejemplo; de estar en operaciones trabajando 24 horas al día, eso se te compensaba con días de descanso; pero ya no será  así. Si un mando pide que la tropa se quede una hora más, deberá cubrirlo incluso hasta de su propia bolsa.

Acotar el poder de los generales.

El comandante propuesto es un general de brigada, no es el último escalafón en el ejército. No es General de División, este es otro mensaje. Este general seguramente el próximo 20 de noviembre ascenderá a General de División.

Todos los generales de división, que son comandantes de tropas en las regiones militares le deberán rendir parte a un general de brigada,(el nuevo comandante) o sea un grado menos, por el nuevo cargo que desempeña. Por ello el mensaje es que este 20 de noviembre deberá darse el ascenso.

Una versión que consultamos, nos indicó que por ejemplo, el Jefe del Estado Mayor de la Defensa Nacional, hace 4 meses, lo mandaron como comandante de una región y en su lugar pusieron a un general de brigada, un general de división le rinde parte a un inferior; esto no se había visto.,

Ya no habrá entonces tantos generales; no todos podrán ser generales, reproduciéndose los grados.

El poder concentrado en un solo hombre, que a su vez pueda ser manejado por el presidente.