Tijuana BC 3 de octubre de 2021.-Asumiendo el compromiso de procurar el respeto al marco jurídico en materia laboral, este 1 de octubre de 2021, tomó protesta el Lic. Quetzalcóatl Orozco Enríquez, como nuevo Director General del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Baja California.
Durante el evento se informó que este centro iniciará labores de forma oficial el día 03 de noviembre de este año, ya que se tenía programado arrancar precisamente el día 01 de octubre pero las autoridades federales lo prorrogaron por un mes más.
De esta manera este centro será el primer receptor de las demandas laborales, iniciando un proceso de conciliación entre el trabajador y el empleador, ya que el propósito del procedimiento de conciliación prejudicial es que los conflictos individuales y colectivos de trabajo sean resueltos con celeridad.
El procedimiento de acuerdo con la ley tiene una duración de 45 días naturales, si las partes no llegan a una conciliación entonces podrán iniciar un juicio laboral ante el Tribunal laboral competente que formará parte del Poder Judicial.
Quetzalcóatl Orozco dijo que así terminan los largos juicios que duraban años en resolverse, y todo esto se da en base a la reforma que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación del 1 de mayo del 2019, en donde desaparecen las juntas de conciliación y arbitraje y se crea este centro de conciliación.
Paralelamente surge la figura de un juez en materia laboral, ya que desde el año de 1931 que se publicó la primera Ley Federal del Trabajo en México no se había contemplado que las controversias laborales fueran dirimidas por el Poder Judicial y a través de la figura de un juez.
Orozco explicó que la reforma contiene tres ejes principales: justicia laboral, negociación colectiva y democracia sindical.
Primero, desaparecen las Juntas de Conciliación y Arbitraje y nacen los Centros de Conciliación y los Tribunales laborales, con la finalidad de que la justicia sea pronta y expedita tal y como lo señala nuestra Carta Magna.
Segundo, se crea un procedimiento de legitimización de los contratos colectivos de trabajo en donde tienen que realizarlo las organizaciones gremiales antes del día 1 de mayo de 2023.
Y tercero, las organizaciones gremiales tienen que realizar la modificación de sus estatutos para introducir el voto personal, libre, directo y secreto en todas su votaciones, con la finalidad de transparentar la rendición de cuentas de los agremiados, concluyó.