22 de diciembre de 2024
Explicó que esta situación vuelve difícil la fiscalización, ya que los pagos pueden ser en especie, intercambiar publicidad por beneficios

Tijuana BC 13 de junio de 2022.-En días pasados se presentó una iniciativa para regular a los creadores de publicidad digital o influencers, esta iniciativa se presentó por parte de una diputada de morena con la intención de adicionar el artículo 31 BIS a la Ley Federal de Protección al Consumidor, así lo informó Pablo Cesar Castañeda Socio de impuestos de la firma Caza Consultores y ex director de la Comisión de practica fiscal del Colegio de Contadores.

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Lo interesante explicó el especialista, es que hace referencia a que deben inscribirse como trabajador de servicios profesionales en la SHCP, el régimen como tal no es correcto o preciso, pero es un avance, existe una gran posibilidad de que un alto porcentaje de creadores de contenido digital ya se encuentren registrados, ya tienen RFC y pagan impuestos, pero no tienen un régimen específico, ningún tratamiento fiscal que se adapte a su actividad, como lo tienen los choferes que usan una APP para brindar sus servicios, quienes venden por plataformas digitales, o incluso si te dedicas al arrendamiento por medio de plataformas digitales, tienes un régimen que nació hace algunos años justo para adecuarse a esas nuevas actividades.

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Agregó que algunos de los supuestos que propone esta iniciativa por los cuales deben inscribirse en la SHCP, que de forma más precisa sería en el Registro Federal de Contribuyentes, son, si el anunciante comparte en redes el proceso de revelar productos, servicios o experiencias que ofrece una marca, lo cual podría ser el conocido “unboxing” que Argentina ya lo incluyó en una iniciativa que presentó hace algunos años, otros supuestos que contempla la diputada de morena es, cuando realicen sorteos entre sus seguidores, muestran con relevancia, o etiqueten una marca en fotos subidas a las redes, si suben a las redes sociales imágenes en video dentro de los cuales se exalte la presencia de una marca, claro, siempre y cuando se haga con un fin económico, teniendo un impacto significativo en la audiencia.

“Como país estamos llegando tarde a la discusión de un mercado que de forma global en 2021 se estimó que movió 13 mil millones de dólares, y la inversión en influencers en 2020 creció 186%, el comercio digital realmente roza la informalidad, algunos de sus ingresos no necesariamente son en dinero, incluso los que son en dinero pueden no pasar por los bancos, como sería el efectivo”, dijo  

Explicó que esta situación vuelve difícil la fiscalización, ya que los pagos pueden ser en especie, intercambiar publicidad por beneficios como hospedajes, consumo, incluso por productos, a esto se agrega como pueden determinar cuánto cobrar por hacer publicidad de una marca, cuales son los parámetros para determinar el costo y que no para que no caiga en falta de materialidad, en simular o inflar el precio.

“En mi opinión, algunas partes de la exposición de motivos de la iniciativa que hacen referencias al SAT, SHCP y formas de tributar, no son correctas, o mencionan regímenes que ya no existen, aun así, esta iniciativa es un gran avance, pone sobre la mesa un tema que otros países ya tienen tiempo analizando como Chile, España, Argentina, el mundo y la económica están en una constante evolución, hoy tenemos obviamente actividades que antes no existían y la normatividad se tiene que ir adaptando, hace unos años no teníamos el régimen de plataformas digitales, ahora todo chofer que usa una app para brindar su servicio ya tiene un régimen específico para su actividad”, concluyó.