22 de diciembre de 2024
El SAT establece que durante los meses de marzo y abril de cada año, todas las personas morales y físicas respectivamente, deben presentar su declaración anual.  Así,

Tijuana BC 20 de mayo de 2022.-Tras la recuperación económica paulatina después de la pandemia en México, en mayo se lleva a cabo el reparto de utilidades  para gran parte de la fuerza laboral en el país, el cual representa un ingreso extraordinario independiente de sueldos y salarios, y es una prestación laboral a la que la mayoría de los trabajadores tiene derecho, así como un deber que los patrones deberán cumplir este 2022.

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Deberá ser durante el mes de mayo, siendo el último día de este el vencimiento del plazo para que las empresas paguen por este concepto a sus colaboradores y ex colaboradores con derecho a recibirlo, ya que la fecha límite para otorgar las utilidades corresponde a los 60 días naturales posteriores a la fecha en que la empresa presentó su declaración anual de impuestos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), explicó el Mtro. Enrique Luna Gutiérrez, Coordinador de la Licenciatura en Contador Público Internacional en CETYS Universidad Campus Mexicali.
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El SAT establece que durante los meses de marzo y abril de cada año, todas las personas morales y físicas respectivamente, deben presentar su declaración anual. 
Así, a más tardar el 30 de mayo los trabajadores que laboran para una persona moral (empresa) deben recibir sus utilidades, mientras que quienes trabajan para una persona física (patrón), deberán recibir el pago a más tardar el 29 de junio.
Es el artículo 123 de la Constitución Política Mexicana el cual respalda el derecho de los trabajadores a recibir una parte de las utilidades obtenidas por su patrón, siempre y cuando no formen parte de una de las excepciones que marca la Ley Federal del Trabajo, como lo son:
  • Ocupar un puesto como director, administrador, gerente general, socio o accionista de la empresa
  • Colaborar en una empresa sin fines de lucro
  • Trabajar bajo el esquema de prestador de servicios profesionales y cobro por honorarios
  • Ser ex empleado con menos de 60 días trabajados durante el ejercicio fiscal que se declara
  • Ser funcionario público
Por el contrario, quienes cumplan con los siguientes requisitos tienen derecho a recibir la prestación:
  • Los trabajadores que participan en las utilidades del patrón de conformidad con el porcentaje que determine la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas (el cual a la fecha asciende al 10% de las utilidades netas).
  • Aquellos que hayan laborado por lo menos 60 días en empresas cuyas utilidades netas fueron de 300 mil pesos o más, según su declaración fiscal y que tengan más de un año en funcionamiento. 
“Bajo estas condiciones, los trabajadores tendrán derecho al Reparto de Utilidades, independientemente de que ya no laboren en la empresa en cuestión o tenían contrato por obra determinada”.
Por otra parte, el Experto CETYS explicó que el pago de utilidades se divide en dos partes iguales, donde la primera se reparte por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios. La segunda parte se distribuye en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.
“Se considera como salario la cantidad que perciba el trabajador en efectivo por cuota diaria. Cuando la retribución sea variable, se tomará como salario el promedio de las percepciones obtenidas en el año”.
¿Qué vas a hacer con tus utilidades? El Mtro. Enrique Luna Gutiérrez sugiere algunos usos que puedes darle a este ingreso para tu beneficio: 
  • Utilizarlo en compras esenciales: recuerda que estamos viviendo una recuperación económica derivada de múltiples factores, entre ellos la pandemia e inflación.
  • Priorizar la protección sanitaria: Adquiere insumos médicos, protección sanitaria, alimentos y servicios de primera necesidad.
  • Solicitar una copia de la declaración anual a la empresa: conocer este documento es un derecho de todo empleado. Al contar con él, el trabajador puede llevar un mayor control y conocimiento del desglose de la participación de utilidades que le correspondió