23 de diciembre de 2024
Colegio de abogados2

DERECHOS DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEBEN DE SER GARANTIZADOS

Este tema, agregó, fue expuesto por el Juez Tercero de lo Familiar, Gustavo Adolfo Villarespe Muñoz, durante la reunión ordinaria de la asociación de abogados. 

Tijuana BC 7 de junio de 2024.-El Proceso legal de interdicción desaparece y se sustituye por una solicitud de personal de apoyo  para la persona discapacitada ante los juzgados familiares, que tiene como propósito garantizar los derechos jurídicos de las personas con todo tipo de discapacidad, manifestó Alexander Bazán Gómez Llanos, presidente del Colegio de Abogados de Tijuana. 

Este tema, agregó, fue expuesto por el Juez Tercero de lo Familiar, Gustavo Adolfo Villarespe Muñoz, durante la reunión ordinaria de la asociación de abogados. 
Explicó que el juicio tiene como finalidad que el impartidor de justicia declare el grado de discapacidad y asigne una persona de apoyo a la persona discapacitada, para que esta pueda ejercer su propia capacidad y voluntad hasta donde le permita su propia discapacidad, y no cosificarlos o decretar una aparente muerte civil como se hacía antes con el juicio de interdiccion a una persona que no puede tomar decisiones por sí sola debido a alguna discapacidad física o mental. 
«Para las personas con alto grado de discapacidad y que no se pueden valer por sí mismas se necesitaba hacer una declaratoria de estado de discapacidad, para que alguien los pudiera representar legalmente y llevar a cabo sus asuntos jurídicos, como por ejemplo la administración o venta de algún inmueble», siempre y cuando primero se le permita al discapaz poder manifestar su voluntad hasta donde le permita el grado de su discapacidad declaró. 
Señaló que con el nuevo precedente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y la reforma al Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares (CNPCF) se insertó un capítulo que viene a dar un cambio radical para que ya no sean declarados interdictos civilmente las personas con discapacidad.
A estas personas, añadió, se les nombra a una persona de apoyo para ejercer sus derechos y dicha solicitud se debe de acompañar de un dictamen médico que se ratificará ante un juzgado. 
«El trámite que se hacía antes en los juzgados familiares ahora es un escrito de solicitud de apoyo donde un médico valora cómo se encuentra la persona para hacer un protocolo y recibir el apoyo», indicó.