La autoridad fiscal publicó los anexos que contienen modificaciones a ciertos trámites para leyes como ISR, IVA e IEPS.
Tijuana BC 13 de mayo de 2021.-El pasado 10 de mayo de 2021 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los anexos 1-A, 3, 9, 11, 14, 15 y 29 de la 1ra. Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal, la cual habla de diversos trámites.
Lo anterior lo mencionó el Lic. Jorge Alberto Pickett Corona, abogado fiscalista, quien refirió que en el anexo 1-A se publicaron los trámites para el Código Fiscal de la Federación (CFF), tales como la Aclaración para subsanar las irregularidades detectadas por las que se dejó sin efectos el Certificado de Sello Digital (CSD).
Además, la Aclaración para subsanar las irregularidades detectadas en términos del artículo 17-H Bis del CFF; la Solicitud de constancia de residencia para efectos fiscales, Solicitud de generación, actualización o renovación de la Contraseña; al igual que se publicaron las solicitudes para la inscripción de Personas Morales al RFC a través de ADSC o por medio de fedatario público.
Para la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LIRS) se publicó el trámite de Solicitud de autorización para recibir donativos deducibles; Solicitud de nueva autorización para recibir donativos deducibles; Declaración informativa para garantizar la transparencia del patrimonio, así como el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación, entre otros.
En la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) y de las demás leyes que componen la RMF no se publicaron listas extensas de trámites, dijo, ya que en éstas hubo muy pocas modificaciones, o bien, porque no requieren de algún trámite.
El Anexo 3 de los Criterios no Vinculados de las Disposiciones Fiscales se publicó para el CFF el criterio de la Revelación de esquemas reportables generalizados, mientras que en el Anexo 9 se encuentra la tabla a la que hace referencia la regla 3.15.1 de la oposición para la actualización de deducciones.
Pickett Corona agregó que en el Anexo 29 se publicaron las disposiciones normativas y específicas tecnológicas que deben seguir obligatoriamente los PCCFDI, entre ellas, la Carta compromiso de confidencialidad, reserva y resguardo de información y datos.
Por último, las Características funcionales y servicios generales de la aplicación gratuita; Validaciones adicionales en la certificación de facturas que se expidan al amparo del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte y del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur; Reglas y lineamientos para operar en ambientes productivos, entre otros.